Contratación de los servicios de seguros
Seguros de responsabilidad civil, patrimonial y contable
cobertura de la responsabilidad civil, patrimonial, patronal, de explotación en que, de acuerdo con su régimen jurídico, puedan incurrir las entidades vinculadas tanto en relaciones de derecho público como privado; la cobertura de la responsabilidad civil profesional y contable en que incurran el personal a su servicio, las autoridades, altos cargos (o asimilados), miembros de los órganos de administración y dirección; y la cobertura de la responsabilidad contable en que pueda incurrir el personal al servicio de la Administración de la Generalitat, su sector público instrumental o entidades adheridas, así como sus autoridades, altos cargos (o asimilados), miembros de los órganos de administración y dirección, así como el personal que ocupa puestos de carácter directivo.
Multirriesgo, seguro de inmueble, contingencias
Cobertura de los riesgos patrimoniales de bienes inmuebles (continente y contenido) y muebles que integran el patrimonio de las entidades vinculadas, la garantía de cobertura de posibles compromisos, compensaciones o indemnizaciones económicas que se han contraído con terceros ante un posible perjuicio económico consecuencia del acaecimiento de algo inesperado; la cobertura de las responsabilidades establecidas en la Ley 38/1999 de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación por vicios y defectos de la construcción, cuando la Administración de la Generalitat, su sector instrumental o entidades adheridas tengan la condición de promotor de la edificación; los posibles imprevistos que puedan provocar la cancelación, retraso o interrupción de un acontecimiento planificado.
Seguros de transportes, embarcaciones, asistencia en viajes, parque móvil
cobertura de las indemnizaciones que pudieran corresponder por los daños materiales que puedan sufrir con ocasión o consecuencia del transporte las mercancías porteadas; responsabilidad civil en que pueda incurrir con motivo de la navegación embarcaciones o, estando las mismas atracadas; riesgos e incidencias que puedan surgir durante la duración de un viaje, incluyendo la cobertura personal y sanitaria del asegurado y la pérdida o robo de sus pertenencias.
Accidentes colectivos, decesos, vida/accidentes, accidentes no laborales, S.O.V (excepto seguros de autos)
cobertura de las indemnizaciones que correspondan a los viajeros clientes o a sus derechohabientes, cuando sufran daños corporales con ocasión de desplazamientos efectuados con los medios de transporte colectivos; la satisfacción al beneficiario de un capital, una renta u otras prestaciones convenidas, en el caso de muerte o bien de supervivencia del asegurado, o de ambos eventos conjuntamente; servicios funerarios