SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES AJENO, PARA EL PERSONAL LABORAL DE LA AGENCIA DE SERVICIOS SOCIALES Y DEPENDENCIA DE ANDALUCÍA Y SERVICIO DE APOYO AL SERVICIO DE PREVENCIÓN PROPIO DE LA AGENCIA
SERVICIO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES PARA EL PERSONAL DE LA AGENCIA DE SERVICIOS SOCIALES Y DEPENDENCIA DE ANDALUCÍA Y PERSONAL FUNCIONARIO ADSCRITO.
El contrato comprende el servicio de prevención de riesgos laborales ajeno para el personal laboral de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, así como para el personal funcionario de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familia e Igualdad con adscripción funcional a dicha Agencia, en los términos previstos en el Acuerdo de colaboración suscrito con fecha 27 de diciembre de 2021 entre ambas entidades. El contrato comprenderá las especialidades preventivas de Higiene Industrial, el Servicio de apoyo al Servicio de Prevención Propio de la Agencia y Medicina del Trabajo (Vigilancia de la Salud individual y colectiva), exclusivamente respecto del personal laboral de la Agencia. De conformidad con lo dispuesto en el citado Acuerdo de 27 de diciembre de 2021, la especialidad de Medicina del Trabajo respecto del personal funcionario adscrito funcionalmente a la Agencia corresponde a la Consejería, que asume la vigilancia específica de la salud en función de los riesgos inherentes al puesto de trabajo, en los términos establecidos en el artículo 22 de la Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales. En consecuencia, el personal funcionario únicamente queda incluido en el ámbito del presente contrato en aquellas actividades preventivas cuya ejecución corresponde a la Agencia conforme al referido Acuerdo.